España aplica nuevas normas para viajeros: qué datos exigirán
Desde diciembre, hoteles y agencias deberán registrar más información de los clientes para reforzar la seguridad ciudadana.
Con el inicio de la temporada alta de viajes por el puente de diciembre y las fiestas navideñas, entra en vigor una nueva normativa que establece cambios significativos en el registro de viajeros. Desde el 2 de diciembre de 2024, hoteles, agencias de viajes y empresas de alquiler de vehículos están obligados a recopilar y comunicar datos personales de sus clientes, según lo dispuesto por el Real Decreto 933/2021. Esta normativa, que busca fortalecer la seguridad ciudadana frente a amenazas como el terrorismo y el crimen organizado, obliga al sector turístico a adaptarse a nuevas medidas de control, utilizando la plataforma Ses.Hospedajes, desarrollada por el Ministerio del Interior. Aunque está operativa desde hace dos años de forma voluntaria, ahora su uso será obligatorio. Los establecimientos y operadores turísticos deberán recopilar y almacenar los siguientes datos de los clientes: Nombre y apellidos. Sexo. DNI o documento de identidad equivalente. Nacionalidad. Fecha de nacimiento. Lugar de residencia habitual. Teléfonos y correo electrónico. Número de viajeros y relación de parentesco (si hay menores). Detalles de la transacción. Estos datos serán enviados a la plataforma Ses.Hospedajes y conservados durante tres años tras finalizar el servicio. Los particulares que alquilan sus viviendas ocasionalmente no están obligados a mantener un registro, pero deberán notificar la información pertinente a las autoridades cuando sea requerido. El principal objetivo del decreto es mejorar la prevención y detección de delitos, reforzando la capacidad operativa de las fuerzas de seguridad. Según el Ministerio del Interior, desde la implementación inicial de Ses.Hospedajes, se han localizado 18.584 personas con requisitorias policiales gracias a los datos proporcionados por establecimientos turísticos. Además, la medida busca proteger a los usuarios de servicios turísticos contratados por vías telemáticas, que pueden facilitar actividades ilícitas debido al anonimato. Este sistema de control refuerza la seguridad tanto para las empresas como para los viajeros. El incumplimiento del decreto puede acarrear sanciones económicas importantes: Infracciones leves: Deficiencias en el registro o retrasos continuos en la comunicación de datos, con multas de entre 100 y 600 euros. Infracciones graves: Falta de registro o comunicación de datos, con multas que pueden alcanzar los 30.000 euros. El sector turístico había expresado preocupaciones sobre el impacto operativo de estas medidas, lo que llevó a la prórroga de su implementación en tres ocasiones. Sin embargo, ahora es obligatorio cumplir con el decreto para evitar penalizaciones. Para los usuarios, estas nuevas medidas significan un cambio en la documentación necesaria al realizar reservas. Además de los datos habituales, podrían ser requeridos otros como un número de contacto o detalles de la transacción, por lo que es importante estar preparado antes de viajar. Los organizadores de viajes familiares o grupales deberán asegurarse de reunir toda la información solicitada, especialmente cuando se incluyan menores. Esta nueva normativa representa un esfuerzo por equilibrar el desarrollo del turismo con la seguridad ciudadana. Aunque supone un desafío logístico para las empresas del sector, también fortalece las garantías de protección frente a delitos que involucran el uso de servicios turísticos. Con estas medidas, España se posiciona como un país que prioriza tanto la experiencia de los viajeros como la seguridad de sus ciudadanos, promoviendo un turismo más controlado y seguro para todos.¿Qué información deberán registrar?
Objetivos y beneficios
Sanciones por incumplimiento
¿Qué implica para los viajeros?
Un paso hacia la seguridad y el control